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APROBACIÓN DEL PLAN ANTIFRAUDE

PLAN ANTIFRAUDE PARA EL CONTROL DE LA CONTRATACIÓN

El Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia dispone en su artículo 22 que es una obligación de los Estados miembros la protección de los intereses financieros de la Unión Europea incluyendo tomar las medidas oportunas para prevenir, detectar y corregir el fraude, la corrupción y los conflictos de intereses.

Para hacer efectivas las iniciativas planteadas en el Plan España Puede, las Administraciones Públicas deben adaptar los procedimientos de gestión y el modelo de control. Algunas medidas de agilización se establecieron mediante el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Además, en el desarrollo de un Sistema de Gestión que facilita la tramitación eficaz de las solicitudes de desembolso a los Servicios de la Comisión Europea, se ha aprobado la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. En su artículo 6 exige la redacción de un plan de medidas antifraude para cada organismo gestor de fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) con el objetivo de asegurar la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses.

De conformidad atribuida por el artículo 21.1 s) de la ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se RESUELVE

Aprobar el Plan Antifraude, según el Anexo, para el control de la contratación, en concreto los Fondos Next Generation UE adoptando una política de tolerancia cero con el fraude, estableciendo un sistema de control interno diseñado para prevenir y detectar, dentro de lo posible, cualquier actuación fraudulenta y, en su caso, subsanar sus consecuencias, asumiendo para ello los principios de integridad, imparcialidad y honestidad en el ejercicio de sus funciones.


Véase a tal respecto en documento adjunto, el Decreto de la Alcaldía 593/2022, de 07/10/2022


Se establece la puesta en marcha de un canal confidencial seguro para la presentación de denuncias de irregularidades y malas prácticas en el EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PRAVIA. Este buzón responde a lo dispuesto en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción:

Canal de denuncias anónimas (univesectorpublico.com)


Otros canales:

Buzón de denuncias en relación con las ayudas del plan de recuperación, transformación y resiliencia (PRTR)

Oficina Europea de Lucha contra el Fraude

Infofraude

Documentos

Decreto Plan Antifraude

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