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CONSULTA PÚBLICA: REGLAMENTO REGULADOR DE LAS PISCINAS DE VERANO EN AGONES, PRAVIA.

CONSULTA PÚBLICA: REGLAMENTO REGULADOR DE LAS PISCINAS DE VERANO EN AGONES, PRAVIA.

CONSULTA PÚBLICA PREVIA SOBRE LA ELABORACIÓN DEL REGLAMENTO QUE REGULE LAS PISCINAS DE VERANO EN AGONES AYUNTAMIENTO DE PRAVIA.

De conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con el objetivo de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas, con carácter previo a la elaboración del proyecto de reglamento, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente, en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:

a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.

c) Los objetivos de la norma.

d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

En base a lo anteriormente expuesto se plantea un cuestionario con la información precisa para que los potenciales destinatarios de esta norma puedan pronunciarse sobre la materia.

Los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en este cuestionario:

a) Problemas que se pretenden solucionar con el Reglamento:

Dado que es un servicio cuya gestión se prestó de manera indirecta hasta el año 2020, no cuenta con regulación municipal y por ello resulta necesario abordar esta cuestión.

b) Necesidad y oportunidad de su aprobación.

La necesidad de elaborar este reglamento deriva de la conveniencia de contar con un texto que regule la organización y mantenimiento de las instalaciones y los derechos y deberes de los usuarios.

c) Objetivos de la norma.

El reglamento tiene por objeto la regulación, dentro del ámbito de las competencias atribuidas al Ayuntamiento Pravia, de las actuaciones necesarias para definir los derechos y deberes de usuarios de las piscinas y sus instalaciones, y el funcionamiento interno de las mismas.

d) Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

El desarrollo de la legislación estatal y autonómica por parte de las Entidades Locales, ha de llevarse a cabo necesariamente a través de la potestad reglamentara municipal, que conlleva la elaboración de los correspondientes reglamentos.

Forma y plazo de presentación de opiniones y sugerencias

Hasta el día:  3 DE FEBRERO 2022.

A través del siguiente buzón de correo electrónico:  info@pravia.es